El SNC, es un ente exento de pago del impuesto sobre la renta en los términos del numeral 1 del Art. 14 de la ley, razón por la cual no puede ser sujeto a retención del mencionado impuesto. Según Consulta Nº DCR-5-18373-642 de la Superintendencia Nacional Aduanera y Tributaria división de doctrina, con fecha 5 de febrero de 2004.






























