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SNC


PREGUNTAS FRECUENTES

Registro Nacional de Contratistas

Por ser este un requisito indispensable, debe esperar hasta tener la planilla de la Declaración de Impuesto Sobre la Renta (D.I.S.L.R.), con el número de certificado. Este es uno de los requisitos imprescindible para las empresas que deban consignar la documentación requerida para su habilitación o actualización, y para las empresas que se encuentran en proceso de auditoría.


NOTA: El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) da un plazo de tres meses, después de su cierre económico para declarar.

No, estos servicios son gratuitos, solo se realizarán los pagos que correspondan a las solicitudes de productos que requieran los contratistas, es decir:
• Inscripción o Actualización en el Registro Nacional de Contratistas.
• Copias Simples (por folio)
• Copia Certificada (Planilla Resumen)
• Copia del Expediente Digital
• Modificación de la información Legal y/o Técnica
• Modificación de la información, producto de Auditoría.
• Cursos y Talleres

Puede consignar el documento de Propiedad registrado o el contrato de arrendamiento notariado vigente; en caso de estar vencido, consignar carta de prórroga del contrato conjuntamente con copia de la cédula del arrendatario y el arrendador, si así lo estipula el contrato.


NOTA: Estos documentos para ser aceptados, deben estar a nombre de la persona natural, jurídica, cooperativa o cualquier forma asociativa, socios, asociados, representante legal o miembro de la Junta Directiva, en los cuales debe estar indicada la dirección del Domicilio Principal señalado en la Planilla de Inscripción o Actualización en el Registro Nacional de Contratista.

Si, para formalizar su inscripción deberá dirigirse al Registro Auxiliar más cercano a su domicilio y consignar el Certificado de Registro Nacional de Emprendimientos (RNE), Balance Personal simple y copia del RIF. Igualmente deberá indicar las Redes Sociales en las que se publica su emprendimiento, así como, números de cuentas bancarias asociadas al mismo.

1.- En la información legal debe incluir los datos del acta debidamente registrada, por cualquiera de los siguientes conceptos: Aumento de Capital, Pago de Capital Suscrito o Reposición de Pérdidas.

2.- En la información financiera debe cargar los Estados Financieros de cierre y corte, a la fecha de dicho Registro.

NOTA: Para la próxima actualización y antes del vencimiento del certificado, el sistema puede arrojar el aviso de “empresa descapitalizada”, por lo que deberá cargar la información financiera correspondiente al último cierre.

1.- Ingresar al sistema RNC en Línea con su login y contraseña.
2.- Cargar la nueva información legal y/o técnica.
3.- Realizar el depósito o transferencia (50% de la tarifa que le corresponda según activos a valores históricos).
4.- Presionar la opción “Enviar datos al RAC” y cargar los datos del Pago de la tarifa e inmediatamente los datos se encuentran actualizados.

Deberá ingresar inmediatamente al sistema RNC en Línea y seleccionar la opción “Enviar Datos de la solicitud al RAC”, automáticamente el sistema emitirá el Certificado.

1. El certificado electrónico se genera de manera automática al momento de la habilitación sin la firma electrónica.

2. Para obtener el certificado con la firma electrónica deberá imprimir el certificado el día posterior a la habilitación.

La fecha de vencimiento del certificado dependerá de la información financiera cargada en el sistema RNC en Línea; es decir:


• Si carga el penúltimo cierre económico, el certificado electrónico tendrá como fecha de vencimiento el 30 de junio del año en curso.

• Si carga el último cierre económico, el certificado electrónico tendrá como fecha de vencimiento el 30 de junio del año siguiente.
Nota: Esta explicación aplica únicamente cuando el cierre económico corresponde al 31 de diciembre de cada año.

En el Sistema RNC en Línea se debe cargar la información financiera correspondiente al último cierre económico.

Esto ocurre cuando se selecciona:

1. En el Sistema la opción “SI”, para las siguientes empresas cuyas actividades sean: de Seguro, de Vigilancia y Seguridad, de fabricación de Prendas Militares y Nuevos Emprendimientos.

2. La denominación Comercial: Empresas Extranjeras sin Domicilio en Venezuela, Empresa Extranjera con Sucursal en Venezuela, Empresa Extranjera con Capital Nacional o Empredimiento.

Todas estas empresas deberán consignar los requisitos establecidos por el RNC, para formalizar su inscripción o actualización.

NOTA: En caso de seleccionar las anteriores opciones por error, el Representante Legal o cualquier miembro de la Junta Directiva o Socio de la empresa puede dirigirse a una Oficina del Registro Auxiliar de Contratistas más cercana o su domicilio, a los fines de solicitar orientación para solventar el error.

El Representante Legal o cualquier miembro de la Junta Directiva o Socio de la empresa puede dirigirse a una Oficina del Registro Auxiliar de Contratistas más cercano a su domicilio, con el Acta debidamente registrada donde lo acredita como tal y aparezca la denominación comercial actualizada. Debe indicar el número de cédula de identidad y número de RIF de la empresa.

Sí, las Cooperativas deben realizar el pago de inscripción o actualización; los únicos que se encuentran exoneradas son: los Consejos Comunales, las Organizaciones Socioproductivas y las Empresas del Estado.

Lo que indique el acta de constitución; y si no lo establece, deben realizar un acta aclaratoria. En caso de indicar que es indefinido, debe colocarse en el Sistema RNC en Línea una duración mayor al vencimiento de la Junta Directiva.

(Nota: se recomienda en este caso colocar más de 50 años).

Los requisitos pueden ser consultados visitando la siguiente dirección en nuestra página web: www.snc.gob.ve, en la sección RNC haz clic en Instructivos RNC “Requisitos que deben presentar las personas naturales y jurídicas interesadas en inscribirse o actualizarse ante el RNC, para empresas extranjeras, vigilancia, seguro, uniformes y las que se encuentran en verificación de control posterior o auditoria”.

Las cooperativas deben cargar sus Estados Financieros a valores Históricos.

Debe ingresar a la página de su Banco y buscar en los movimientos realizados para ubicar dicha trasferencia, ya que éste es un requisito indispensable.

Es la planilla generada por el “Sistema RNC en Línea”, después que el Contratista ha cargado toda la información de la empresa, y el pago de la inscripción o actualización en el RNC, la cual se debe imprimir y ser firmada por el Representante Legal.

El trámite puede ser efectuado por el Representante Legal, por un miembro de la Junta Directiva, o accionista, cuyo carácter conste en acta de asamblea debidamente registrada, con copia de la cédula de identidad. No se aceptan gestores, ni apoderados salvo en el caso de las empresas Extranjeras sin domicilio en Venezuela, quienes pueden presentar un poder otorgado por la empresa registrada y de ser necesario traducido al español por traductor público y apostillado.

Al ingresar al sistema RNC en línea con el usuario y contraseña, aparecerá un menú de opciones, en el cual debe seleccionar la opción “Consulta Estado de la Solicitud”.

Se carga en el sistema RNC en línea por separado la Razón Social, es decir, en el renglón del nombre se coloca una parte y en renglón del apellido el resto.

Si la empresa aún no ha realizado su primer cierre de ejercicio económico, solo editará en el Sistema RNC en Línea el Balance de Apertura y debe seleccionar la palabra “NO” en el campo “Tiene Actividad Económica”.

NOTA: Se debe Tener en cuenta la fecha del Balance de Apertura, ya que la misma debe coincidir con el acta constitutiva.

El Representante Legal deberá dirigirse al Registro Auxiliar de Contratistas más cercano a su domicilio para solicitar asesoría. Dependiendo del tipo de observación podrá venir acompañado por el profesional del área (Contador o Abogado).

El “Sistema RNC en Línea” permite agregar hasta tres transferencias bancarias, por lo que deberá colocar la fecha de cada transferencia y el monto total de las transferencias debe coincidir con el monto reflejado en el Sistema.

De acuerdo a los requisitos requeridos para la inscripción o actualización, se debe cargar a valores nominales o históricos.

Lo que indique el acta constitutiva o de asamblea debidamente registrada, siempre que no exceda la duración de la empresa. Si en el acta no se establece de forma clara, será de dos (2) años de acuerdo a lo establecido en el código de comercio. En el caso de las cooperativas no puede ser superior a tres años.

Únicamente se consigna cuando el RNC requiera del mismo.

NOTA: Si la empresa es Distribuidor Autorizado o Servicio Autorizado, deberá seleccionar la opción “SI” en el Sistema y cargar los datos de la autorización respectiva.

El Representante Legal, cualquier miembro de la Junta Directiva o Socio de la empresa, deberá dirigirse a una Oficina del Registro Auxiliar de Contratistas más cercano a su domicilio ó enviar al correo electrónico: atencionrac@snc.gob.ve, la siguiente documentación:

• Acta debidamente registrada donde lo acredita como tal.
• Copia de la cédula de identidad legible.
• Copia de RIF de la empresa actualizado.
• Comunicación dirigida al Registro Nacional de Contratistas (RNC), con el membrete de la empresa, firmada y sellada por el representante legal, indicando correo electrónico en letra minúscula y número de teléfono.
De acuerdo a la Providencia N° DG/2020/005 Usuario y Contraseña para el Sistema RNC en línea.

Ingresa a la página web www.snc.gob.ve en la sección RNC y haz clic en “Consulta de contratistas” para buscar empresas registradas en el RNC.

El Representante Legal, cualquier miembro de la Junta Directiva o Socio de la empresa puede dirigirse a una Oficina del Registro Auxiliar de Contratistas más cercano a su domicilio, con el Acta debidamente registrada donde lo acredita como tal, solicitando asesoría correspondiente de acuerdo al caso.